/ jueves 1 de octubre de 2020

En Puebla buscan cárcel para quien no denuncie delitos sexuales

También proponen eliminar la prescripción de estos ilícitos

Mediante una iniciativa, los diputados locales Nora Merino Escamilla y Gabriel Biestro Medinilla buscan reformar el Código Penal del Estado de Puebla para eliminar la prescripción de delitos sexuales y castigar con una pena de dos a siete años de prisión, a quien sabiendo la comisión de estos ilícitos no los denuncie.

En la sesión plenaria, la diputada de Encuentro Social dijo que, de aprobar el proyecto de ley, el Congreso local sería referente a nivel nacional en la materia.

Explicó que con esta propuesta se busca eliminar la prescripción para un nuevo catálogo de delitos de índole sexual a los ya establecidos, como lo es la corrupción a menores e incapaces, pornografía de menores e incapaces, ciberacoso, violación a la intimidad sexual, abuso sexual, estupro, hostigamiento sexual y acoso sexual.

También que sea castigado con una pena de dos a siete años de prisión, a quien sabiendo la comisión de estos delitos sexuales no acuda a denunciarlos.

Merino afirmó que la iniciativa se robusteció luego de un trabajo coordinado con la sociedad civil y expertos jurídicos. De esta forma el dictamen fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución.

“Lo que pretende esta iniciativa que hemos construido de la mano de la sociedad civil y de expertos, agradecemos a la Barra de Abogados y diferentes sectores jurídicos, es eliminar la prescripción de delitos sexuales. Muchos casos no son judicializados y tampoco reciben una condena proporcional al daño que hicieron. La razón es que la gran mayoría de los casos suceden en el seno familiar”, dijo.

La propuesta de Merino y Biestro consiste en reformar el artículo 128 Bis y 278 Octies del Código Penal, la cual a decir de ambos diputados, considera el derecho de la víctima para acceder a la justicia, sin vulnerar los derechos del probable responsable pues no se alterará el principio de presunción de inocencia ni el debido proceso, además que el agente del Ministerio Público es el encargado de aportar las evidencias de la comisión del delito y la ley no es retroactiva.

Mediante una iniciativa, los diputados locales Nora Merino Escamilla y Gabriel Biestro Medinilla buscan reformar el Código Penal del Estado de Puebla para eliminar la prescripción de delitos sexuales y castigar con una pena de dos a siete años de prisión, a quien sabiendo la comisión de estos ilícitos no los denuncie.

En la sesión plenaria, la diputada de Encuentro Social dijo que, de aprobar el proyecto de ley, el Congreso local sería referente a nivel nacional en la materia.

Explicó que con esta propuesta se busca eliminar la prescripción para un nuevo catálogo de delitos de índole sexual a los ya establecidos, como lo es la corrupción a menores e incapaces, pornografía de menores e incapaces, ciberacoso, violación a la intimidad sexual, abuso sexual, estupro, hostigamiento sexual y acoso sexual.

También que sea castigado con una pena de dos a siete años de prisión, a quien sabiendo la comisión de estos delitos sexuales no acuda a denunciarlos.

Merino afirmó que la iniciativa se robusteció luego de un trabajo coordinado con la sociedad civil y expertos jurídicos. De esta forma el dictamen fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución.

“Lo que pretende esta iniciativa que hemos construido de la mano de la sociedad civil y de expertos, agradecemos a la Barra de Abogados y diferentes sectores jurídicos, es eliminar la prescripción de delitos sexuales. Muchos casos no son judicializados y tampoco reciben una condena proporcional al daño que hicieron. La razón es que la gran mayoría de los casos suceden en el seno familiar”, dijo.

La propuesta de Merino y Biestro consiste en reformar el artículo 128 Bis y 278 Octies del Código Penal, la cual a decir de ambos diputados, considera el derecho de la víctima para acceder a la justicia, sin vulnerar los derechos del probable responsable pues no se alterará el principio de presunción de inocencia ni el debido proceso, además que el agente del Ministerio Público es el encargado de aportar las evidencias de la comisión del delito y la ley no es retroactiva.

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