/ martes 7 de noviembre de 2017

Entra en vigor nueva Ley de Transporte en Puebla para empresas tipo Uber

Hoy entran en vigor las nuevas reformas a la Ley del Transportedel Estado de Puebla que el Congreso local -a propuesta delgobierno estatal- aprobó a finales del mes pasado, mismas queestán dirigidas a las Empresas de Redes de Transporte (ERT), comoUber y Cabify.

Las nuevas disposiciones fueron publicadas ayer en el PeriódicoOficial del Estado por lo que este martes 7 de noviembrecomenzarán a aplicarse en estas compañías que se basan en unaplataforma electrónica para ofrecer el servicio.

Las reformas a esta Ley fueron propuestas por el gobierno deAntonio Gali Fayad luego de que conductores y vehículos de Cabifyy Uber se vieran involucrados en los feminicidios de Mara FernandaCastilla y Mariana Fuentes, respectivamente; incluso a la primerafirma se le retiró el permiso para operar en Puebla.

Con estas reformas, que se aprobaron por mayoría de votos delos diputados locales, se mantiene el pago electrónico como únicaopción de cobro por el servicio de transporte ejecutivo y seobliga a las Empresas de Redes de Transporte (ERT) a sercorresponsables del servicio para evitar que se deslinden en casoscomo los homicidios antes mencionados.

Las disposiciones también obligan a crear un padrón deconductores que incluya a choferes del transporte público, delservicio mercantil (taxistas) y del servicio ejecutivo, como Uber yCabify, quienes deberán proporcionar sus datos personales yactualizarlos de forma mensual.

A partir de ahora las Empresas de Redes de Transporte deberánacreditar ante el gobierno que los conductores que registren parala prestación del servicio cuentan con lo siguiente: licencia deautomovilista, que deberán portar invariablemente durante laprestación del servicio; CURP; constancia de No AntecedentesPenales que  deberán actualizar de forma semestral; constanciaque acredite que fueron aprobados en al menos, los siguientesexámenes: Valoración Toxicológica, Pruebas Psicológicas yPsicométricas e Investigación Socioeconómica.

Será causa de cancelación del registro, alterar de cualquierforma la información contenida en las plataformas tecnológicas dedichas empresas.

Hoy entran en vigor las nuevas reformas a la Ley del Transportedel Estado de Puebla que el Congreso local -a propuesta delgobierno estatal- aprobó a finales del mes pasado, mismas queestán dirigidas a las Empresas de Redes de Transporte (ERT), comoUber y Cabify.

Las nuevas disposiciones fueron publicadas ayer en el PeriódicoOficial del Estado por lo que este martes 7 de noviembrecomenzarán a aplicarse en estas compañías que se basan en unaplataforma electrónica para ofrecer el servicio.

Las reformas a esta Ley fueron propuestas por el gobierno deAntonio Gali Fayad luego de que conductores y vehículos de Cabifyy Uber se vieran involucrados en los feminicidios de Mara FernandaCastilla y Mariana Fuentes, respectivamente; incluso a la primerafirma se le retiró el permiso para operar en Puebla.

Con estas reformas, que se aprobaron por mayoría de votos delos diputados locales, se mantiene el pago electrónico como únicaopción de cobro por el servicio de transporte ejecutivo y seobliga a las Empresas de Redes de Transporte (ERT) a sercorresponsables del servicio para evitar que se deslinden en casoscomo los homicidios antes mencionados.

Las disposiciones también obligan a crear un padrón deconductores que incluya a choferes del transporte público, delservicio mercantil (taxistas) y del servicio ejecutivo, como Uber yCabify, quienes deberán proporcionar sus datos personales yactualizarlos de forma mensual.

A partir de ahora las Empresas de Redes de Transporte deberánacreditar ante el gobierno que los conductores que registren parala prestación del servicio cuentan con lo siguiente: licencia deautomovilista, que deberán portar invariablemente durante laprestación del servicio; CURP; constancia de No AntecedentesPenales que  deberán actualizar de forma semestral; constanciaque acredite que fueron aprobados en al menos, los siguientesexámenes: Valoración Toxicológica, Pruebas Psicológicas yPsicométricas e Investigación Socioeconómica.

Será causa de cancelación del registro, alterar de cualquierforma la información contenida en las plataformas tecnológicas dedichas empresas.

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