/ viernes 17 de noviembre de 2023

Reforman Ley de Trabajadores del Estado para fijar límite en cálculo de sueldos caídos

El diputado del PAN, Rafael Micalco Méndez, señaló que el reto es que los juicios laborales se resuelvan en primera instancia

En comisiones del Congreso local se aprobaron una serie de reformas a la Ley de los Trabajadores del Servicio del Estado para establecer un límite en el cálculo de los sueldos caídos, en armonía con la Ley Federal del Trabajo. Se prevé que en la sesión ordinaria de la próxima semana se someta ante el pleno las modificaciones.

En la sesión se explicó que el dictamen fue elaborado con las iniciativas presentadas por el diputado local del Partido del Trabajo (PT), Gerardo Fernández Rojas y el titular del Ejecutivo del Estado.

Con las reformas, se determina el tope en el cálculo de los sueldos caídos, a fin de que, si en el juicio correspondiente no se comprueba por el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de doce meses.

En su intervención, el presidente de la Comisión de Trabajo, Competitividad y Previsión Social, Rafael Micalco Méndez señaló que el reto es que los juicios laborales se resuelvan en primera instancia y en el menor tiempo posible, porque se tienen herramientas como la conciliación para generar espacios y tratar de llegar a un acuerdo.

“Todos sabemos que los juicios laborales, en algunos casos, si no es que, en el 100 por ciento, tardan más de 12 meses, entonces cuando la Ley Federal del Trabajo fue modificada, hay un gran reto que se debe alcanzar. En primera instancia que existen los menores juicios de trabajadores, y donde los haya, que existe celeridad, tenemos nuevas herramientas”, expresó.

Tras su aval en comisiones, las reformas serán sometidas al análisis del pleno en la sesión ordinaria de la próxima semana. El salario caído se refiere a la Indemnización que tiene derecho el trabajador que ha sido despedido de manera injustificada.

En comisiones del Congreso local se aprobaron una serie de reformas a la Ley de los Trabajadores del Servicio del Estado para establecer un límite en el cálculo de los sueldos caídos, en armonía con la Ley Federal del Trabajo. Se prevé que en la sesión ordinaria de la próxima semana se someta ante el pleno las modificaciones.

En la sesión se explicó que el dictamen fue elaborado con las iniciativas presentadas por el diputado local del Partido del Trabajo (PT), Gerardo Fernández Rojas y el titular del Ejecutivo del Estado.

Con las reformas, se determina el tope en el cálculo de los sueldos caídos, a fin de que, si en el juicio correspondiente no se comprueba por el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un periodo máximo de doce meses.

En su intervención, el presidente de la Comisión de Trabajo, Competitividad y Previsión Social, Rafael Micalco Méndez señaló que el reto es que los juicios laborales se resuelvan en primera instancia y en el menor tiempo posible, porque se tienen herramientas como la conciliación para generar espacios y tratar de llegar a un acuerdo.

“Todos sabemos que los juicios laborales, en algunos casos, si no es que, en el 100 por ciento, tardan más de 12 meses, entonces cuando la Ley Federal del Trabajo fue modificada, hay un gran reto que se debe alcanzar. En primera instancia que existen los menores juicios de trabajadores, y donde los haya, que existe celeridad, tenemos nuevas herramientas”, expresó.

Tras su aval en comisiones, las reformas serán sometidas al análisis del pleno en la sesión ordinaria de la próxima semana. El salario caído se refiere a la Indemnización que tiene derecho el trabajador que ha sido despedido de manera injustificada.

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