/ domingo 30 de septiembre de 2018

Revoca TEPJF triunfo del Frente en Tepeaca

Ordena nuevo recuento

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el triunfo del excandidato de “Por Puebla al Frente” (PAN, PRD y MC), Sergio Salomón Céspedes Peregrina, como presidente municipal electo de Tepeaca y ordenó un nuevo conteo de los votos para dar garantías de los resultados de la elección.

Esto derivado de una denuncia que promovió el excandidato de la coalición “Juntos Haremos Historia”, Germán Valencia de la Luz, quien acusó que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) se negó sin fundamentos a realizar un nuevo conteo de la votación.

“El actor pidió al Tribunal Local que abriera los sobres de la totalidad de los paquetes electorales y constatara la legalidad de su contenido. La ponente considera que estas manifestaciones implicaban una solicitud de recuento total de la votación que debería llevarse a cabo por la propia autoridad responsable, pues la intención del actor de que fueran contrastados los resultados consignados en las actas de los votos resguardados en los paquetes electorales era clara, sin embargo, el Tribunal Local no dio al actor ninguna respuesta a su petición, por lo que, a juicio de la ponente, no resolvió de manera completa sus planteamientos”, indica la sentencia aprobada.

A esto se suma que los magistrados de Puebla no investigaron de forma exhaustiva la denuncia del candidato de Morena en el sentido de que hubo personas alterando las actas que podrían afectar el resultado de la elección, así como la omisión de responder si se instalaron casillas especiales para los ciudadanos que no eran de Tepeaca pero que el día de la jornada electoral se encontraban en ese municipio.

Con estos argumentos fue innecesario que la Sala Regional del TEPJF se pronunciara sobre los hechos ocurridos en el Hotel MM, que tenían relación directa con la elección del Ayuntamiento de Tepeaca.

“Al considerarse que los agravios anteriores son fundados, resulta innecesario analizar el relativo a que la autoridad responsable no se pronunció respecto a las manifestaciones del actor relativas a hechos sucedidos en el Hotel MM, pues están relacionadas con el resultado de la votación emitida en la elección del ayuntamiento que podría variar si el Tribunal Local determina que el agravio del recuento total es fundado, por lo anterior, se propone revocar la sentencia impugnada para los efectos precisados en la propuesta”, concluye el veredicto.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el triunfo del excandidato de “Por Puebla al Frente” (PAN, PRD y MC), Sergio Salomón Céspedes Peregrina, como presidente municipal electo de Tepeaca y ordenó un nuevo conteo de los votos para dar garantías de los resultados de la elección.

Esto derivado de una denuncia que promovió el excandidato de la coalición “Juntos Haremos Historia”, Germán Valencia de la Luz, quien acusó que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) se negó sin fundamentos a realizar un nuevo conteo de la votación.

“El actor pidió al Tribunal Local que abriera los sobres de la totalidad de los paquetes electorales y constatara la legalidad de su contenido. La ponente considera que estas manifestaciones implicaban una solicitud de recuento total de la votación que debería llevarse a cabo por la propia autoridad responsable, pues la intención del actor de que fueran contrastados los resultados consignados en las actas de los votos resguardados en los paquetes electorales era clara, sin embargo, el Tribunal Local no dio al actor ninguna respuesta a su petición, por lo que, a juicio de la ponente, no resolvió de manera completa sus planteamientos”, indica la sentencia aprobada.

A esto se suma que los magistrados de Puebla no investigaron de forma exhaustiva la denuncia del candidato de Morena en el sentido de que hubo personas alterando las actas que podrían afectar el resultado de la elección, así como la omisión de responder si se instalaron casillas especiales para los ciudadanos que no eran de Tepeaca pero que el día de la jornada electoral se encontraban en ese municipio.

Con estos argumentos fue innecesario que la Sala Regional del TEPJF se pronunciara sobre los hechos ocurridos en el Hotel MM, que tenían relación directa con la elección del Ayuntamiento de Tepeaca.

“Al considerarse que los agravios anteriores son fundados, resulta innecesario analizar el relativo a que la autoridad responsable no se pronunció respecto a las manifestaciones del actor relativas a hechos sucedidos en el Hotel MM, pues están relacionadas con el resultado de la votación emitida en la elección del ayuntamiento que podría variar si el Tribunal Local determina que el agravio del recuento total es fundado, por lo anterior, se propone revocar la sentencia impugnada para los efectos precisados en la propuesta”, concluye el veredicto.

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