/ miércoles 8 de noviembre de 2023

Este mes se estaría dictaminando la propuesta de Ley para la Declaración de Ausencia: diputada

Mónica Silva informó que antes de terminar noviembres sesionará la comisión que preside para rendir el informe de actividades realizadas y analizar el proyecto

Ante la omisión legislativa y la exigencia de familiares, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso local, Mónica Silva Ruiz, informó que durante el mes en curso se prevé dictaminar la propuesta de Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas.

La petista declaró en entrevista con los medios de comunicación que antes de que termine noviembre sesionará la comisión que preside para rendir el informe de actividades realizadas y analizar el proyecto que busca beneficiar a los familiares de las personas con alguien no localizado.



Lo anterior con miras a intentar aprobar la normativa antes de que concluya el periodo ordinario en curso, es decir, el 15 de diciembre. Hace un día, al interior del Poder Legislativo se realizó un foro en compañía de los integrantes del colectivo Voz de los Desaparecidos y autoridades de la Universidad Iberoamericana Puebla, como el rector Mario Patrón Sánchez.

La Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas cuenta con 37 artículos distribuidos en cuatro capítulos y tiene la meta de brindar certeza jurídica a la representación de los intereses e una persona desaparecida.

Con la ley se busca garantizar la patria potestad de la persona desaparecida y la protección de los derechos y bienes de las niñas, niños y adolescentes que sean hijas o hijos de esa persona.



Proteger el patrimonio y los bienes adquiridos a crédito cuyos plazos de amortización vigentes del desaparecido, así como los plazos puedan acceder al dinero.

Permitir que las personas beneficiarias de un régimen de seguridad social derivado de una relación de trabajo de la persona desaparecida goce de todos los derechos y beneficios aplicables.

Los sujetos para solicitar la declaración serán los familiares, la persona que tenga una relación afectiva inmediata o sean representantes legales y las organizaciones de la sociedad civil que apoyen a los parientes de los desaparecidos.

La omisión radica en que la Ley General para la Declaración Especial fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en el 2018 y ya venció el plazo para adecuar la normativa de la entidad.

Ante la omisión legislativa y la exigencia de familiares, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso local, Mónica Silva Ruiz, informó que durante el mes en curso se prevé dictaminar la propuesta de Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas.

La petista declaró en entrevista con los medios de comunicación que antes de que termine noviembre sesionará la comisión que preside para rendir el informe de actividades realizadas y analizar el proyecto que busca beneficiar a los familiares de las personas con alguien no localizado.



Lo anterior con miras a intentar aprobar la normativa antes de que concluya el periodo ordinario en curso, es decir, el 15 de diciembre. Hace un día, al interior del Poder Legislativo se realizó un foro en compañía de los integrantes del colectivo Voz de los Desaparecidos y autoridades de la Universidad Iberoamericana Puebla, como el rector Mario Patrón Sánchez.

La Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas cuenta con 37 artículos distribuidos en cuatro capítulos y tiene la meta de brindar certeza jurídica a la representación de los intereses e una persona desaparecida.

Con la ley se busca garantizar la patria potestad de la persona desaparecida y la protección de los derechos y bienes de las niñas, niños y adolescentes que sean hijas o hijos de esa persona.



Proteger el patrimonio y los bienes adquiridos a crédito cuyos plazos de amortización vigentes del desaparecido, así como los plazos puedan acceder al dinero.

Permitir que las personas beneficiarias de un régimen de seguridad social derivado de una relación de trabajo de la persona desaparecida goce de todos los derechos y beneficios aplicables.

Los sujetos para solicitar la declaración serán los familiares, la persona que tenga una relación afectiva inmediata o sean representantes legales y las organizaciones de la sociedad civil que apoyen a los parientes de los desaparecidos.

La omisión radica en que la Ley General para la Declaración Especial fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en el 2018 y ya venció el plazo para adecuar la normativa de la entidad.

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