/ lunes 14 de noviembre de 2022

Notarios sólo ejercerán en sus distritos, decreta Gobernador

En el Reglamento de la Ley del Notariado se modificó la redacción del artículo 26 el cual fijaba que podían ejercer la fe pública en todo el Estado de Puebla

Los notarios públicos de la entidad ya no podrán ejercer sus atribuciones fuera de los límites de la jurisdicción a la cual pertenece su patente, según dispuso el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, mediante un decreto publicado a través del Periódico Oficial del Estado (POE).

Con este acuerdo, el titular del Ejecutivo local promulgó una serie de modificaciones al Reglamento de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla, entre las cuales promovió la medida previamente mencionada, pero también actualizó los lineamientos para los exámenes de aspirantes a notarios.

Desde el pasado 11 de noviembre, ningún fedatario público adscrito a cualquiera de los 22 distritos judiciales en Puebla podrá ejercer sus funciones fuera de su jurisdicción, pues se modificó la redacción del artículo 26 el cual previamente fijaba lo siguiente: “Los Notarios podrán ejercer la fe pública en todo el Estado de Puebla”; no obstante, ahora quedó así: “Los Notarios podrán ejercer la fe pública, en su jurisdicción”.

Asimismo, se dio a conocer que los interesados en ostentar una patente notarial deberán apegarse a nuevas disposiciones para el desarrollo de sus exámenes correspondientes.

Por ejemplo, pese a que ya se permitía que los aspirantes utilizaran computadoras durante el proceso, las cuales deben ser estrictamente proveídas por la autoridad, ahora se reforzaron algunos puntos para evitar el mal uso de las tecnologías de la información (TICs).

En el artículo 19 de dicho estatuto se esclareció que no se permitirá ningún artefacto digital a excepción del equipo de cómputo prestado. De forma explícita, se indicó que cualquier dispositivo que contenga una tecnología superior a la de su uso básico deberá aislarse de la sede del examen, en este supuesto se consideraron algunos ejemplos como relojes inteligentes, etcétera.

Aunado a ello, aunque previamente se impedía el uso de notas escritas, eso cambió pues ahora los participantes podrán ingresar apuntes, siempre y cuando no sean documentos referentes a casos prácticos, o se trate de bibliografía con formularios, cláusulas, machotes, actas o información similar que pueda ser auxiliar en la resolución de la prueba.

En ese mismo sentido, se restringió el apoyo de mecanógrafos particulares, tal como sí se permitía en el reglamento anterior.

También destacó que en el estatuto previo la autoridad detalló que, en caso de que un aspirante abandonara la sede del examen, una vez iniciada la prueba, sería reprobado y su siguiente oportunidad para reiniciar el proceso sería seis meses después. No obstante, en el nuevo reglamento eso cambió y la disposición que refería tal norma quedó fuera de escena. Por lo tanto, los únicos que se considerarán “desistidos” del procedimiento serán los que no acudan a la prueba en el horario establecido, sin embargo, se desconoce lo que pasará con los que abandonen el examen.

Cabe recordar que fue el pasado 31 de octubre cuando Barbosa Huerta anunció que su administración dejaría un legado de más de 100 patentes notariales nuevas, cifra mayor a la que cualquier gobernador de los últimos 20 años designó desde su posición como titular del Ejecutivo local.

De acuerdo con el Colegio de Notarios del estado, actualmente existen 151 patentes de fedatarios públicos distribuidas en 22 distritos judiciales.

Finalmente, es importante señalar que en su más reciente disposición en el POE, el mandatario poblano también conformó un nuevo comité para la custodia y preservación del Archivo de Notarías, pues aunque antes existía un fondo especializado para ostentar dicha responsabilidad, ahora será un cuerpo colegiado integrado por los titulares del Poder Ejecutivo, la Consejería Jurídica, la o el presidente del Consejo de Notarios, así como de las secretarías de Gobernación, Cultura, Administración, y Planeación y Finanzas.

Los notarios públicos de la entidad ya no podrán ejercer sus atribuciones fuera de los límites de la jurisdicción a la cual pertenece su patente, según dispuso el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, mediante un decreto publicado a través del Periódico Oficial del Estado (POE).

Con este acuerdo, el titular del Ejecutivo local promulgó una serie de modificaciones al Reglamento de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla, entre las cuales promovió la medida previamente mencionada, pero también actualizó los lineamientos para los exámenes de aspirantes a notarios.

Desde el pasado 11 de noviembre, ningún fedatario público adscrito a cualquiera de los 22 distritos judiciales en Puebla podrá ejercer sus funciones fuera de su jurisdicción, pues se modificó la redacción del artículo 26 el cual previamente fijaba lo siguiente: “Los Notarios podrán ejercer la fe pública en todo el Estado de Puebla”; no obstante, ahora quedó así: “Los Notarios podrán ejercer la fe pública, en su jurisdicción”.

Asimismo, se dio a conocer que los interesados en ostentar una patente notarial deberán apegarse a nuevas disposiciones para el desarrollo de sus exámenes correspondientes.

Por ejemplo, pese a que ya se permitía que los aspirantes utilizaran computadoras durante el proceso, las cuales deben ser estrictamente proveídas por la autoridad, ahora se reforzaron algunos puntos para evitar el mal uso de las tecnologías de la información (TICs).

En el artículo 19 de dicho estatuto se esclareció que no se permitirá ningún artefacto digital a excepción del equipo de cómputo prestado. De forma explícita, se indicó que cualquier dispositivo que contenga una tecnología superior a la de su uso básico deberá aislarse de la sede del examen, en este supuesto se consideraron algunos ejemplos como relojes inteligentes, etcétera.

Aunado a ello, aunque previamente se impedía el uso de notas escritas, eso cambió pues ahora los participantes podrán ingresar apuntes, siempre y cuando no sean documentos referentes a casos prácticos, o se trate de bibliografía con formularios, cláusulas, machotes, actas o información similar que pueda ser auxiliar en la resolución de la prueba.

En ese mismo sentido, se restringió el apoyo de mecanógrafos particulares, tal como sí se permitía en el reglamento anterior.

También destacó que en el estatuto previo la autoridad detalló que, en caso de que un aspirante abandonara la sede del examen, una vez iniciada la prueba, sería reprobado y su siguiente oportunidad para reiniciar el proceso sería seis meses después. No obstante, en el nuevo reglamento eso cambió y la disposición que refería tal norma quedó fuera de escena. Por lo tanto, los únicos que se considerarán “desistidos” del procedimiento serán los que no acudan a la prueba en el horario establecido, sin embargo, se desconoce lo que pasará con los que abandonen el examen.

Cabe recordar que fue el pasado 31 de octubre cuando Barbosa Huerta anunció que su administración dejaría un legado de más de 100 patentes notariales nuevas, cifra mayor a la que cualquier gobernador de los últimos 20 años designó desde su posición como titular del Ejecutivo local.

De acuerdo con el Colegio de Notarios del estado, actualmente existen 151 patentes de fedatarios públicos distribuidas en 22 distritos judiciales.

Finalmente, es importante señalar que en su más reciente disposición en el POE, el mandatario poblano también conformó un nuevo comité para la custodia y preservación del Archivo de Notarías, pues aunque antes existía un fondo especializado para ostentar dicha responsabilidad, ahora será un cuerpo colegiado integrado por los titulares del Poder Ejecutivo, la Consejería Jurídica, la o el presidente del Consejo de Notarios, así como de las secretarías de Gobernación, Cultura, Administración, y Planeación y Finanzas.

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