/ miércoles 20 de julio de 2022

TEPJF deja firmes las sentencias contra funcionarios por infringir veda electoral

Los magistrados del TEPJF abordaron las impugnaciones de Miguel Barbosa Huerta y Melitón Lozano Pérez

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó firme las sentencias en contra de funcionarios poblanos por infringir la veda electoral en el proceso de revocación de mandato.

En sesión pública, los magistrados abordaron las impugnaciones SUP-REP-440/2022 y SUP-REP-485/2022 correspondientes al gobernador del estado, Miguel Barbosa Huerta, y al secretario de Educación Pública, Melitón Lozano Pérez, respectivamente.

En ambos casos, el máximo tribunal ratificó las sentencias dictadas por la Sala Regional Especializada.

RATIFICAN PROMOCIÓN PERSONALIZADA EN CONTRA DE BARBOSA HUERTA

La Sala Superior del TEPJF dejó firme la resolución por promoción personalizada y vulneración al principio de imparcialidad en contra del gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta.

Al resolver el recurso de impugnación SUP-REP-440/2022 y acumulados -integrado por 14 gobernadores-sobre la publicación de un desplegado en apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF determinaron que Barbosa Huerta, así como demás jefes del Ejecutivo, violaron la veda electoral en el proceso de revocación de mandato.

En sesión, los magistrados precisaron que la propaganda denunciada se difundió con la intención de exponer logros y acciones de gobierno.

“Esta sala coincide con lo razonado por la responsable porque la propaganda denunciada se difundió con el ánimo de exponer logros y acciones de gobierno, aunado a que no es necesario para acreditar la infracción, que la publicación haga referencia a votar en la revocación de mandato, se realice con recursos públicos o que tenga elementos distintivos de alguna de la gobernaturas involucradas”, acordaron los magistrados.

Por ello, el máximo tribunal informó que dará vista a la autoridad para imponer la sanción correspondiente.

LOZANO PÉREZ VULNERÓ REGLAS DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN

Sobre el expediente SUP-REP-485/2022 emitido por el Secretario de Educación Pública (SEP), los magistrados ratificaron que el titular de la dependencia promovió la participación ciudadana con intención de difundir un mensaje de apoyo a la permanencia del presidente de la República, a través de su cuenta de Twitter.

Es decir que Lozano Pérez vulneró las reglas de promoción y difusión de revocación de mandato.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó firme las sentencias en contra de funcionarios poblanos por infringir la veda electoral en el proceso de revocación de mandato.

En sesión pública, los magistrados abordaron las impugnaciones SUP-REP-440/2022 y SUP-REP-485/2022 correspondientes al gobernador del estado, Miguel Barbosa Huerta, y al secretario de Educación Pública, Melitón Lozano Pérez, respectivamente.

En ambos casos, el máximo tribunal ratificó las sentencias dictadas por la Sala Regional Especializada.

RATIFICAN PROMOCIÓN PERSONALIZADA EN CONTRA DE BARBOSA HUERTA

La Sala Superior del TEPJF dejó firme la resolución por promoción personalizada y vulneración al principio de imparcialidad en contra del gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta.

Al resolver el recurso de impugnación SUP-REP-440/2022 y acumulados -integrado por 14 gobernadores-sobre la publicación de un desplegado en apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF determinaron que Barbosa Huerta, así como demás jefes del Ejecutivo, violaron la veda electoral en el proceso de revocación de mandato.

En sesión, los magistrados precisaron que la propaganda denunciada se difundió con la intención de exponer logros y acciones de gobierno.

“Esta sala coincide con lo razonado por la responsable porque la propaganda denunciada se difundió con el ánimo de exponer logros y acciones de gobierno, aunado a que no es necesario para acreditar la infracción, que la publicación haga referencia a votar en la revocación de mandato, se realice con recursos públicos o que tenga elementos distintivos de alguna de la gobernaturas involucradas”, acordaron los magistrados.

Por ello, el máximo tribunal informó que dará vista a la autoridad para imponer la sanción correspondiente.

LOZANO PÉREZ VULNERÓ REGLAS DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN

Sobre el expediente SUP-REP-485/2022 emitido por el Secretario de Educación Pública (SEP), los magistrados ratificaron que el titular de la dependencia promovió la participación ciudadana con intención de difundir un mensaje de apoyo a la permanencia del presidente de la República, a través de su cuenta de Twitter.

Es decir que Lozano Pérez vulneró las reglas de promoción y difusión de revocación de mandato.

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