/ lunes 14 de noviembre de 2022

Corralones y gruas incumplen con tarifas; cobran lo que quieren

Aunque la Ley de Ingresos del Estado de Puebla establece tarifas máximas por estos servicios, de acuerdo con testimonios éstas no se cumplen.

Corralones y grúas que realizan cobros, incluso excesivos, por arrastre de vehículos a personas que son víctimas del delito o de un error administrativo, incurren en violaciones a la Ley de Ingresos del Estado de Puebla vigente, la cual no solo exonera del pago total de los citados servicios a dichos agraviados, sino también establece tarifas máximas que no se cumplen, según los testimonios de algunos afectados.

En ediciones anteriores, este medio ha dado a conocer cómo víctimas de asalto o de intentos de atracos en los que también resultaron heridos, no solo tuvieron que sufragar gastos médicos sino también cobros de al menos 12 mil pesos entre el arrastre de la grúa y cobro de derecho de piso en los corralones, para así poder recuperar sus vehículos.

Lo anterior es contrario a lo que se establece en la Fracción IV del Artículo 99 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, la cual a la letra dice: “la reducción en el pago de estas contribuciones será del 100 por ciento en el supuesto de que el propietario o poseedor del vehículo de que se trate, además de reunir los requisitos a que se refiere el párrafo anterior, tenga el carácter de ofendido, o de víctima directa o indirecta en la comisión del delito; o sea sujeto de error administrativo o puramente formal imputable a alguna autoridad”.

Tal excepción también aplica para las unidades con placas del Servicio Público Federal, por ejemplo tráileres o unidades de carga que han llegado a ser asaltados en las autopistas que cruzan por el estado.

En lo general, para la población que no sea víctima de un delito, esta misma ley también establece tarifas por concepto de traslado o custodia por elemento policial al depósito oficial de vehículos asegurados o puestos a disposición, con equipo de grúa dentro de la Zona Metropolitana de Puebla, con maniobra simple.

Dichos costos son los siguientes: para motocicleta es de 385 pesos; en el caso de automóviles, SUV o camioneta es de 695; camioneta de carga con capacidad de hasta 3.5 toneladas, montacargas, microbuses y demás unidades similares, es de 845 pesos; para autobús mil 370 pesos; para el caso de un camión de 2 ó 3 ejes con capacidad de carga de hasta 12 toneladas, el preciso es de mil 890; en el camión de 4 ó 5 ejes el precio es de 2 mil 150 pesos y para el camión de 6,7,8 ó 9 ejes es de 2 mil 400 pesos.

Respecto a traslado extraordinario de un vehículo que incluye arrastre del lugar, aseguramiento a la ubicación del Ministerio Público, y de éste último sitio al depósito oficial, que requiere equipo de grúa y acondicionamiento, como es el caso de vehículos quemados, vehículos volcados dentro del camino o carretera, vehículos sin llantas, remolques o semirremolques sin patines o sin ejes, dentro de la Zona Metropolitana de Puebla, el costo es de 19 mil 505 pesos.

Corralón en el estado de Puebla. Foto: Erik Guzmán | El Sol de Puebla


COSTOS DE COBRO DE DERECHO DE PISO

Por otra parte, la Ley de Ingresos del Estado de Puebla también establece una cuota para el cobro de derecho de piso o resguardo de vehículos en encierros estatales y de la Fiscalía General del Estado, la cual es de 46 pesos por automóvil, SUV, camioneta o montacargas.

En el caso de la camioneta de carga con capacidad de hasta 3.5 toneladas, microbús y demás unidades similares a éstas es de 90 pesos; para los autobuses es de 110; camión de 2 ó 3 ejes con capacidad de carga de hasta 12 toneladas es de 130 pesos; el camión de 4 ó 5 ejes el costo es de 140 pesos, mientras que para el camión de 6, 7, 8 ó 9 ejes es de 160 pesos.

Sin embargo en la realidad, lo que un usuario paga, incluso aún siendo víctima del delito, es lo triple a lo establecido en la ley, tal es el caso del señor Delfino N, de 45 años, quien tras haber sido baleado en un intento de asalto luego de que realizara un viaje de DiDi hacia la colonia Fundadores de Chapultepec, la Fiscalía de Puebla aseguró su vehículo y le mandó a un corralón particular en la colonia San Bernabé Temoxtitla, donde tras 27 días tuvo que pagar 4 mil pesos por cobro de derecho de piso, lo cual quiere decir que pagó 148.14 pesos por día por su automóvil cuando el pago establecido es de 46 pesos.

PRECIOS PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA

En lo que se refiere a la capital poblana, según la Ley de Ingresos del municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2022, los costos para arrastre y cobro de derecho de piso en el corralón municipal de Puebla, varían. Para el tema de arrastre los precios son los siguientes.

Automóviles mil 136.29 pesos; camionetas y remolques es de mil 389.74 pesos; camiones, autobuses, omnibuses, microbuses, minibuses y tráiler es de mil 843.47; en tanto para motocicletas, motonetas, triciclos y bicicletas es de 499.07 pesos.

En lo que concierne al tema de los corralones, el cobro de derecho de piso para tráileres es de 121.13 pesos; camiines, autobús, microbuses, omnibuses y minibuses es de 109. 02 pesos; autos, camionetas y remolques es de 85.79 pesos; motocicletas y motonetas el preciso es de 28.07; bicicleta y triciclos el costo es de 18.16 pesos; y en general por objetos levantados por obstruir la vía pública es de 33.91 pesos.

En los cobros del municipio tampoco se cumple lo establecido, pues en el caso de un animalista de nombre Felipe Carpy que fue herido de bala durante un asalto al salir del banco, le exigieron 17 mil pesos en el corralón municipal de Puebla para poder sacar su camioneta, cuyo cobro por día en el caso de camionetas es de 85.79 pesos, mientras que en el caso de dicho joven, le pidieron 141 pesos por día, ante lo cual pidió ayuda y hablaría con el gobernador de Puebla para obtener su apoyo.

USUARIOS PUEDEN ESCOGER GRÚA

Es importante señalar que también, contrario a lo que ocurre de forma diaria, la Ley de Transporte y la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial del estado de Puebla, considera distintos derechos para los usuarios.

Por ejemplo, el Artículo 328 señala que los usuarios podrán elegir su grúa a fin de que se ejecuten las maniobras correspondientes.

De lo contrario, el primer respondiente (policía o agente vial que tome conocimiento del caso) se comunicará con el sistema de asignación de servicios auxiliares, el cual planteará las opciones de servicios de arrastre.

En caso de que la persona usuaria no elija un prestador de servicio de arrastre, el sistema donde están registrados tanto grúas como corralones, asignará bajo el criterio de cercanía.

A fin de distribuir de manera más equitativa los servicios, el sistema ajustará el radio de influencia de cada prestador de servicio en función de los servicios que haya hecho.

Corralón en el estado de Puebla. Foto: Erik Guzmán | El Sol de Puebla

OBLIGACIONES DE GRUYEROS Y CORRALONES EN PUEBLA

Finalmente es de señalar que la Ley de Transporte y la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla también es muy clara en las obligaciones de los “gruyeros”, pues en su Artículo No. 327 menciona que solo podrán efectuar el servicio en territorio estatal, dentro de los polígonos de servicio autorizados y en aquellos en que exista convenio suscrito por el gobierno del Estado y la Federación o los Ayuntamientos.

Cuando los servicios de arrastre se efectúen a vehículos que transporten mercancías, la descarga, recolección, transbordo, traslado y almacenamiento de las mismas, deberá realizarse preferentemente por la persona usuaria.

Ante una situación grave y si la autoridad correspondiente lo dispone, la descarga, recolección y transbordo de la carga, podrá efectuarla el prestador del servicio, conforme al costo que convenga con la persona usuaria.

En los casos que se utilicen carreteras de cuota, los pagos de casetas de peaje serán de la siguiente manera: el “gruyero” pagará lo concerniente a la grúa y el dueño del vehículo hará lo propio por su unidad.

Los conductores de grúas están obligados a hacer un registro de acuerdo con el tabulador de la mencionada Secretaría, entregando al interesado el número de folio físico o digital con el que puede consultarlo, además de la memoria descriptiva; lo cual en la práctica no sucede.

También deben mantener equipados los vehículos con los que preste el servicio permisionado con sistema de posicionamiento global (GPS), para el seguimiento del traslado de los vehículos por parte de la persona usuaria, cámara de videovigilancia y botón de pánico que estará vinculado a los sistemas de seguridad pública.

Incluso los conductores de grúas deben recibir capacitaciones y certificaciones necesarias por parte de la Secretaría o de terceros autorizados para mantener al personal capacitado para el servicio de traslado, en su modalidad de arrastre de vehículos y el manejo de equipo especializado; además de prestar el servicio con una grúa que no exceda de veinte años de antigüedad.

En tanto, el Artículo 364 de la citada ley estatal, destaca que por prestar los servicios de arrastre y salvamento o depósitos de vehículos, con tarifas mayores a las establecidas por la Secretaría, se revocará la concesión o en su caso cancelará el permiso.

Incluso el Artículo 365 refiere que grúas y corralones deben tener en sus oficinas y vehículos destinados al servicio, ejemplares impresos de las tarifas y de las reglas de aplicación, que estarán a la vista y a disposición del público usuario.

A pesar de todas las disposiciones anteriores, las recientes denuncias de víctimas de delito han evidenciado que los prestadores de los citados servicios no cumplen con las leyes y reglamento establecidos para este tipo de asuntos.

Corralones y grúas que realizan cobros, incluso excesivos, por arrastre de vehículos a personas que son víctimas del delito o de un error administrativo, incurren en violaciones a la Ley de Ingresos del Estado de Puebla vigente, la cual no solo exonera del pago total de los citados servicios a dichos agraviados, sino también establece tarifas máximas que no se cumplen, según los testimonios de algunos afectados.

En ediciones anteriores, este medio ha dado a conocer cómo víctimas de asalto o de intentos de atracos en los que también resultaron heridos, no solo tuvieron que sufragar gastos médicos sino también cobros de al menos 12 mil pesos entre el arrastre de la grúa y cobro de derecho de piso en los corralones, para así poder recuperar sus vehículos.

Lo anterior es contrario a lo que se establece en la Fracción IV del Artículo 99 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, la cual a la letra dice: “la reducción en el pago de estas contribuciones será del 100 por ciento en el supuesto de que el propietario o poseedor del vehículo de que se trate, además de reunir los requisitos a que se refiere el párrafo anterior, tenga el carácter de ofendido, o de víctima directa o indirecta en la comisión del delito; o sea sujeto de error administrativo o puramente formal imputable a alguna autoridad”.

Tal excepción también aplica para las unidades con placas del Servicio Público Federal, por ejemplo tráileres o unidades de carga que han llegado a ser asaltados en las autopistas que cruzan por el estado.

En lo general, para la población que no sea víctima de un delito, esta misma ley también establece tarifas por concepto de traslado o custodia por elemento policial al depósito oficial de vehículos asegurados o puestos a disposición, con equipo de grúa dentro de la Zona Metropolitana de Puebla, con maniobra simple.

Dichos costos son los siguientes: para motocicleta es de 385 pesos; en el caso de automóviles, SUV o camioneta es de 695; camioneta de carga con capacidad de hasta 3.5 toneladas, montacargas, microbuses y demás unidades similares, es de 845 pesos; para autobús mil 370 pesos; para el caso de un camión de 2 ó 3 ejes con capacidad de carga de hasta 12 toneladas, el preciso es de mil 890; en el camión de 4 ó 5 ejes el precio es de 2 mil 150 pesos y para el camión de 6,7,8 ó 9 ejes es de 2 mil 400 pesos.

Respecto a traslado extraordinario de un vehículo que incluye arrastre del lugar, aseguramiento a la ubicación del Ministerio Público, y de éste último sitio al depósito oficial, que requiere equipo de grúa y acondicionamiento, como es el caso de vehículos quemados, vehículos volcados dentro del camino o carretera, vehículos sin llantas, remolques o semirremolques sin patines o sin ejes, dentro de la Zona Metropolitana de Puebla, el costo es de 19 mil 505 pesos.

Corralón en el estado de Puebla. Foto: Erik Guzmán | El Sol de Puebla


COSTOS DE COBRO DE DERECHO DE PISO

Por otra parte, la Ley de Ingresos del Estado de Puebla también establece una cuota para el cobro de derecho de piso o resguardo de vehículos en encierros estatales y de la Fiscalía General del Estado, la cual es de 46 pesos por automóvil, SUV, camioneta o montacargas.

En el caso de la camioneta de carga con capacidad de hasta 3.5 toneladas, microbús y demás unidades similares a éstas es de 90 pesos; para los autobuses es de 110; camión de 2 ó 3 ejes con capacidad de carga de hasta 12 toneladas es de 130 pesos; el camión de 4 ó 5 ejes el costo es de 140 pesos, mientras que para el camión de 6, 7, 8 ó 9 ejes es de 160 pesos.

Sin embargo en la realidad, lo que un usuario paga, incluso aún siendo víctima del delito, es lo triple a lo establecido en la ley, tal es el caso del señor Delfino N, de 45 años, quien tras haber sido baleado en un intento de asalto luego de que realizara un viaje de DiDi hacia la colonia Fundadores de Chapultepec, la Fiscalía de Puebla aseguró su vehículo y le mandó a un corralón particular en la colonia San Bernabé Temoxtitla, donde tras 27 días tuvo que pagar 4 mil pesos por cobro de derecho de piso, lo cual quiere decir que pagó 148.14 pesos por día por su automóvil cuando el pago establecido es de 46 pesos.

PRECIOS PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA

En lo que se refiere a la capital poblana, según la Ley de Ingresos del municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2022, los costos para arrastre y cobro de derecho de piso en el corralón municipal de Puebla, varían. Para el tema de arrastre los precios son los siguientes.

Automóviles mil 136.29 pesos; camionetas y remolques es de mil 389.74 pesos; camiones, autobuses, omnibuses, microbuses, minibuses y tráiler es de mil 843.47; en tanto para motocicletas, motonetas, triciclos y bicicletas es de 499.07 pesos.

En lo que concierne al tema de los corralones, el cobro de derecho de piso para tráileres es de 121.13 pesos; camiines, autobús, microbuses, omnibuses y minibuses es de 109. 02 pesos; autos, camionetas y remolques es de 85.79 pesos; motocicletas y motonetas el preciso es de 28.07; bicicleta y triciclos el costo es de 18.16 pesos; y en general por objetos levantados por obstruir la vía pública es de 33.91 pesos.

En los cobros del municipio tampoco se cumple lo establecido, pues en el caso de un animalista de nombre Felipe Carpy que fue herido de bala durante un asalto al salir del banco, le exigieron 17 mil pesos en el corralón municipal de Puebla para poder sacar su camioneta, cuyo cobro por día en el caso de camionetas es de 85.79 pesos, mientras que en el caso de dicho joven, le pidieron 141 pesos por día, ante lo cual pidió ayuda y hablaría con el gobernador de Puebla para obtener su apoyo.

USUARIOS PUEDEN ESCOGER GRÚA

Es importante señalar que también, contrario a lo que ocurre de forma diaria, la Ley de Transporte y la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial del estado de Puebla, considera distintos derechos para los usuarios.

Por ejemplo, el Artículo 328 señala que los usuarios podrán elegir su grúa a fin de que se ejecuten las maniobras correspondientes.

De lo contrario, el primer respondiente (policía o agente vial que tome conocimiento del caso) se comunicará con el sistema de asignación de servicios auxiliares, el cual planteará las opciones de servicios de arrastre.

En caso de que la persona usuaria no elija un prestador de servicio de arrastre, el sistema donde están registrados tanto grúas como corralones, asignará bajo el criterio de cercanía.

A fin de distribuir de manera más equitativa los servicios, el sistema ajustará el radio de influencia de cada prestador de servicio en función de los servicios que haya hecho.

Corralón en el estado de Puebla. Foto: Erik Guzmán | El Sol de Puebla

OBLIGACIONES DE GRUYEROS Y CORRALONES EN PUEBLA

Finalmente es de señalar que la Ley de Transporte y la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla también es muy clara en las obligaciones de los “gruyeros”, pues en su Artículo No. 327 menciona que solo podrán efectuar el servicio en territorio estatal, dentro de los polígonos de servicio autorizados y en aquellos en que exista convenio suscrito por el gobierno del Estado y la Federación o los Ayuntamientos.

Cuando los servicios de arrastre se efectúen a vehículos que transporten mercancías, la descarga, recolección, transbordo, traslado y almacenamiento de las mismas, deberá realizarse preferentemente por la persona usuaria.

Ante una situación grave y si la autoridad correspondiente lo dispone, la descarga, recolección y transbordo de la carga, podrá efectuarla el prestador del servicio, conforme al costo que convenga con la persona usuaria.

En los casos que se utilicen carreteras de cuota, los pagos de casetas de peaje serán de la siguiente manera: el “gruyero” pagará lo concerniente a la grúa y el dueño del vehículo hará lo propio por su unidad.

Los conductores de grúas están obligados a hacer un registro de acuerdo con el tabulador de la mencionada Secretaría, entregando al interesado el número de folio físico o digital con el que puede consultarlo, además de la memoria descriptiva; lo cual en la práctica no sucede.

También deben mantener equipados los vehículos con los que preste el servicio permisionado con sistema de posicionamiento global (GPS), para el seguimiento del traslado de los vehículos por parte de la persona usuaria, cámara de videovigilancia y botón de pánico que estará vinculado a los sistemas de seguridad pública.

Incluso los conductores de grúas deben recibir capacitaciones y certificaciones necesarias por parte de la Secretaría o de terceros autorizados para mantener al personal capacitado para el servicio de traslado, en su modalidad de arrastre de vehículos y el manejo de equipo especializado; además de prestar el servicio con una grúa que no exceda de veinte años de antigüedad.

En tanto, el Artículo 364 de la citada ley estatal, destaca que por prestar los servicios de arrastre y salvamento o depósitos de vehículos, con tarifas mayores a las establecidas por la Secretaría, se revocará la concesión o en su caso cancelará el permiso.

Incluso el Artículo 365 refiere que grúas y corralones deben tener en sus oficinas y vehículos destinados al servicio, ejemplares impresos de las tarifas y de las reglas de aplicación, que estarán a la vista y a disposición del público usuario.

A pesar de todas las disposiciones anteriores, las recientes denuncias de víctimas de delito han evidenciado que los prestadores de los citados servicios no cumplen con las leyes y reglamento establecidos para este tipo de asuntos.

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