/ jueves 16 de diciembre de 2021

Por no revisar el Buzón Tributario el SAT podría embargarte en cuestión de días

En la Miscelánea Fiscal para 2022 se incluyó una adición de la que necesitas estar informado al ser contribuyente

A poco tiempo de que se termine el año, ya se están liberando los dictámenes en materia fiscal que deberán atender tanto las instituciones como los contribuyentes, en esta ocasión las personas necesitarán estar al pendiente para que no tengan problemas graves.

De acuerdo con la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro Sánchez, la Miscelánea Fiscal para el 2022, está sustentada en tres principales ejes: no subir los impuestos, la simplificación administrativa y combatir la evasión fiscal.

Para atender este último apartado, el SAT incluyó una adición al artículo 151 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), esto faculta al organismo para tomar acciones que involucran directamente a los ciudadanos.

¿CÓMO AFECTA A LOS CONTRIBUYENTES ESTA MODIFICACIÓN?

Con el cambio fiscal, a partir del siguiente año, el SAT podrá emitir notificaciones de embargo a sus contribuyentes a través de buzón tributario. Una vez que haya sido enviado el mensaje, el usuario tendrá tres días para responder.

En caso de que no lo haga, tras este periodo de espera el organismo podrá proceder legalmente, ya que, se considerará que la persona ya ha sido avisada y está haciendo caso omiso a lo señalado. Por eso se necesita estar revisar periódicamente el correo electrónico registrado en este apartado.

En consecuencia, el SAT podrá proceder al embargo, y podrán llevarse depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión de asociados a seguros de vida, acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios, bienes inmuebles o tangibles.

Con este nuevo decreto, ahora al contribuyente se le faculta para ser el único responsable de estar al pendiente de las notificaciones, por eso, aquellos que estén dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deberán responder a esta indicación.

¿QUÉ ES EL BUZÓN TRIBUTARIO?

Es un mecanismo que utiliza el SAT para comunicarse con sus contribuyentes, puede ser encontrado como un apartado en el portal electrónico de la plataforma oficial del sitio. A través de él se pueden emitir notificaciones de cualquier acto o resoluciones administrativas.

Buzón tributario. Foto: SAT Gobierno de México

Según su página de internet las personas “pueden efectuar promociones, solicitudes, avisos y demás información utilizando el apartado de Buzón Tributario, así como en su caso darán cumplimiento a requerimientos realizados por la autoridad.”

Se puede acceder a él desde cualquier equipo de cómputo por medio del usuario y contraseña que otorga el mismo cetro, los usuarios tienen la opción de entrar con su e.firma. También en este espacio se puede solicitar orientación telefónica.

A poco tiempo de que se termine el año, ya se están liberando los dictámenes en materia fiscal que deberán atender tanto las instituciones como los contribuyentes, en esta ocasión las personas necesitarán estar al pendiente para que no tengan problemas graves.

De acuerdo con la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro Sánchez, la Miscelánea Fiscal para el 2022, está sustentada en tres principales ejes: no subir los impuestos, la simplificación administrativa y combatir la evasión fiscal.

Para atender este último apartado, el SAT incluyó una adición al artículo 151 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), esto faculta al organismo para tomar acciones que involucran directamente a los ciudadanos.

¿CÓMO AFECTA A LOS CONTRIBUYENTES ESTA MODIFICACIÓN?

Con el cambio fiscal, a partir del siguiente año, el SAT podrá emitir notificaciones de embargo a sus contribuyentes a través de buzón tributario. Una vez que haya sido enviado el mensaje, el usuario tendrá tres días para responder.

En caso de que no lo haga, tras este periodo de espera el organismo podrá proceder legalmente, ya que, se considerará que la persona ya ha sido avisada y está haciendo caso omiso a lo señalado. Por eso se necesita estar revisar periódicamente el correo electrónico registrado en este apartado.

En consecuencia, el SAT podrá proceder al embargo, y podrán llevarse depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión de asociados a seguros de vida, acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios, bienes inmuebles o tangibles.

Con este nuevo decreto, ahora al contribuyente se le faculta para ser el único responsable de estar al pendiente de las notificaciones, por eso, aquellos que estén dados de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deberán responder a esta indicación.

¿QUÉ ES EL BUZÓN TRIBUTARIO?

Es un mecanismo que utiliza el SAT para comunicarse con sus contribuyentes, puede ser encontrado como un apartado en el portal electrónico de la plataforma oficial del sitio. A través de él se pueden emitir notificaciones de cualquier acto o resoluciones administrativas.

Buzón tributario. Foto: SAT Gobierno de México

Según su página de internet las personas “pueden efectuar promociones, solicitudes, avisos y demás información utilizando el apartado de Buzón Tributario, así como en su caso darán cumplimiento a requerimientos realizados por la autoridad.”

Se puede acceder a él desde cualquier equipo de cómputo por medio del usuario y contraseña que otorga el mismo cetro, los usuarios tienen la opción de entrar con su e.firma. También en este espacio se puede solicitar orientación telefónica.

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