/ miércoles 16 de febrero de 2022

En discusión de Ley Minera, piden Semarnat, INPI y Procuraduría Agraria defender derechos indígenas

En un comunicado señalan que albergan una vasta diversidad de ecosistemas y recursos naturales

Que el fallo que emita la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el amparo 134/2021 interpuesto por la comunidad nahua y Ejido de Tecoltemi, contribuya de manera efectiva a la protección y garantía de los derechos de todos los pueblos indígenas y de los núcleos agrarios del país, coincidieron tres dependencias de gobierno federal, en la cuenta regresiva a la revisión del amparo que no solamente decidirá el futuro de la inversión minera en esta demarcación, también incide en la Ley Minera.

La postura fue lanzada en un comunicado conjunto por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) y la Procuraduría Agraria (PA), en razón de la tercera vez que se enlistan en los temas de discusión de la primera Sala de la SCJN.

"Al evidenciar una legislación discriminatoria que coloca las actividades mineras -y con ello los intereses de las empresas beneficiarias- como preferentes y por encima de cualquier otro uso del territorio. Es decir, una legislación que, de manera anticipada, ha decidido en nombre de las comunidades que la minería es mejor y de mayor valor que cualquier otra actividad que ellas realicen", puntualizaron.

Ya el pasado 13 de enero, la Semarnat hacía un llamado para que el asunto sea resuelto conforme a los estándares de protección de derechos más altos, y para que priorice la vida, el territorio y el ambiente y no los intereses de las empresas mineras. A este llamado se suman ahora el INPI y la PA, quienes tienen entre sus atribuciones la protección y defensa de los derechos de los pueblos indígenas, el primero, y la defensa de los sujetos agrarios, el segundo.

El comunicado señala que, en nuestro país, existen más de 32 mil ejidos y comunidades agrarias, que constituyen gran parte del territorio nacional y que albergan una vasta diversidad de ecosistemas y recursos naturales; además son hogar de muchos mexicanos y mexicanas, incluyendo pueblos indígenas. De acuerdo con datos de la PA, unos 5 mil núcleos agrarios se encuentran afectados directamente por concesiones mineras, lo que representa más de 15 millones de hectáreas de propiedad social.

La Semarnat, el INPI y la PA dijeron confiar en que las Ministras y los Ministros de la Primera Sala de la SCJN reconocerán que el contenido de la Ley Minera reclamado por Tecoltemi, en su calidad indígena y en su calidad de ejido, dentro del Amparo en Revisión 134/2021, es inconstitucional e inconvencional, y que les afecta directamente.

Que el fallo que emita la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el amparo 134/2021 interpuesto por la comunidad nahua y Ejido de Tecoltemi, contribuya de manera efectiva a la protección y garantía de los derechos de todos los pueblos indígenas y de los núcleos agrarios del país, coincidieron tres dependencias de gobierno federal, en la cuenta regresiva a la revisión del amparo que no solamente decidirá el futuro de la inversión minera en esta demarcación, también incide en la Ley Minera.

La postura fue lanzada en un comunicado conjunto por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) y la Procuraduría Agraria (PA), en razón de la tercera vez que se enlistan en los temas de discusión de la primera Sala de la SCJN.

"Al evidenciar una legislación discriminatoria que coloca las actividades mineras -y con ello los intereses de las empresas beneficiarias- como preferentes y por encima de cualquier otro uso del territorio. Es decir, una legislación que, de manera anticipada, ha decidido en nombre de las comunidades que la minería es mejor y de mayor valor que cualquier otra actividad que ellas realicen", puntualizaron.

Ya el pasado 13 de enero, la Semarnat hacía un llamado para que el asunto sea resuelto conforme a los estándares de protección de derechos más altos, y para que priorice la vida, el territorio y el ambiente y no los intereses de las empresas mineras. A este llamado se suman ahora el INPI y la PA, quienes tienen entre sus atribuciones la protección y defensa de los derechos de los pueblos indígenas, el primero, y la defensa de los sujetos agrarios, el segundo.

El comunicado señala que, en nuestro país, existen más de 32 mil ejidos y comunidades agrarias, que constituyen gran parte del territorio nacional y que albergan una vasta diversidad de ecosistemas y recursos naturales; además son hogar de muchos mexicanos y mexicanas, incluyendo pueblos indígenas. De acuerdo con datos de la PA, unos 5 mil núcleos agrarios se encuentran afectados directamente por concesiones mineras, lo que representa más de 15 millones de hectáreas de propiedad social.

La Semarnat, el INPI y la PA dijeron confiar en que las Ministras y los Ministros de la Primera Sala de la SCJN reconocerán que el contenido de la Ley Minera reclamado por Tecoltemi, en su calidad indígena y en su calidad de ejido, dentro del Amparo en Revisión 134/2021, es inconstitucional e inconvencional, y que les afecta directamente.

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