/ jueves 19 de mayo de 2022

Regulación y pago de impuestos: ¿Qué dice la 'ley influencer'?

La iniciativa busca adicionarse a la Ley Federal de Protección al Consumidor para regular a los influencers

María del Rosario Merlín, diputada de Morena por el estado de Guerrero, presentó una iniciativa ante la Cámara de Diputados para que sean regulados tantos los mensajes de publicidad que realizan los influencers y youtubers en redes sociales, y para que cumplan con su responsabilidad fiscal y paguen impuestos.

En redes se conoció a esta como la 'Ley Influencer', al buscar que los creadores de contenidos señalen de manera explicita lo que promocionan y no lo hagan de manera engañosa.

La propuesta final de la iniciativa fue presentada por la diputada el pasado 18 de mayo y explica las modificaciones que se agregarían a la Ley Federal de Protección al Consumidor, como los motivos para hacerlo.

REGULACIÓN Y PAGO DE IMPUESTOS DE LOS INFLUENCERS

Esta iniciativa de ley propone reformar y adicionar el artículo 32 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor para que los creadores de contenido conocidos como influencers sean ahora declarados como prestadores de servicio de comunicación audiovisual.

De esta forma, los creadores tendrán que someterse a las obligaciones y responsabilidades a las que se someten otros medios tradicionales como la televisión. Por ello, ahora tendrán que afinar sus mensajes si es que no quieren recibir sanciones económicas.

Algunas de las restricciones son contra mensajes que fomenten el odio, la discriminación por raza, sexo, religión o nacionalidad, opinión o por cualquier circunstancia personal o social. Pero, explica que, para aquellos influencers de mayor alcance, las regulaciones irán explícitamente a la forma en que presentan publicidad.

“Se va a regular toda publicidad engañosa, que ahora se abre terreno libre en mucho de los canales de estos prestadores de servicio”, explica la iniciativa. “Que ha tenido repercusiones públicas con casos sonados de promoción a la anorexia, a ludopatía o incluso la adicción a las drogas por ello, al día de hoy, la actividad de los prestadores de servicio de comunicación audiovisual profesionales no está sometida a ninguna norma”.

De aprobarse la iniciativa, los influencers se verían obligados a especificar los contratos de publicidad que reciben por su contenido, contar con los medios que acrediten la veracidad de las afirmaciones sobre los productos que promocionen y contar con las autorizaciones o licencias para el uso de signos u obras protegidas por los derechos de autor.

Esto va de la mano con la segunda propuesta importa, el pago de impuestos de parte de los creadores de contenidos. Aquellos que reciban una remuneración al no ser por medio de una nómina, son fiscalizables para el SAT y esto los obliga a estar inscritos en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) donde tendrán que darse de alta como trabajador de servicios profesionales.

Con esto, los dueños de las plataformas digitales estarían obligados a retener un porcentaje del Impuesto Sobre la Renta (ISR), sobre los ingresos y otro porcentaje del IVA de lo que se cobra.

Si la publicidad es pagada directamente por la empresa que contrató el servicio y no por medio de la plataforma, los ingresos entonces deben ser declarados por medio del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), por lo que los influencers podrán estar en dos regímenes a la vez, afirma el documento.

¿A QUIÉN APLICARÁ ESTA INICIATIVA?

Dentro del documento se explica los momentos y los influencers a los que alcanzara, ya que no todas las personas que solo por compartir un video serán vistas como obligadas a pagar los impuestos o regirse a las medidas de seguridad.

Los creadores de contenidos que ahora quieran dar un servicio de comunicación audiovisual para generar publicidad deben de cumplir con los siguientes requisitos:

Debe tratarse de un servicio económico; el prestador debe ostentar la responsabilidad editorial sobre los contenidos que ofrece; debe estar dirigido al público en general; el contenido debe ser principalmente informativo, de entretenimiento o educativo; el propósito principal será la provisión de programas, y esos programas deben ser audiovisuales y deben proveerse mediante redes de comunicaciones electrónicas.

También deberán estar inscritos ante el SAT como trabajador de servicios profesionales en los siguientes casos:

Cuando los anunciantes compartan en redes sociales el proceso de desempaquetar o revelar un producto, conocido como unboxing, así como servicios o experiencias que ofrezca una marca; si se realiza un sorteo que involucre productos, servicios o marcas entre los seguidores del creador de contenido; cuando se describan o etiquete una marca en fotos subidas a las redes del anunciante; cuando se comparta en redes videos donde se exalte la presencia de una marca; cuando toda forma que se considere como un anuncio o promoción siempre y cuando exista una contraprestación entre el anunciante y la empresa.

Al compartir la publicidad esta debe contener la leyenda #PublicaciónPaga en las redes del influencer, quien también estará obligado a mencionar al anunciante e identificar claramente aquellas comunicaciones publicitarias digitales de productos que sean inconvenientes para menores.

María del Rosario Merlín, diputada de Morena por el estado de Guerrero, presentó una iniciativa ante la Cámara de Diputados para que sean regulados tantos los mensajes de publicidad que realizan los influencers y youtubers en redes sociales, y para que cumplan con su responsabilidad fiscal y paguen impuestos.

En redes se conoció a esta como la 'Ley Influencer', al buscar que los creadores de contenidos señalen de manera explicita lo que promocionan y no lo hagan de manera engañosa.

La propuesta final de la iniciativa fue presentada por la diputada el pasado 18 de mayo y explica las modificaciones que se agregarían a la Ley Federal de Protección al Consumidor, como los motivos para hacerlo.

REGULACIÓN Y PAGO DE IMPUESTOS DE LOS INFLUENCERS

Esta iniciativa de ley propone reformar y adicionar el artículo 32 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor para que los creadores de contenido conocidos como influencers sean ahora declarados como prestadores de servicio de comunicación audiovisual.

De esta forma, los creadores tendrán que someterse a las obligaciones y responsabilidades a las que se someten otros medios tradicionales como la televisión. Por ello, ahora tendrán que afinar sus mensajes si es que no quieren recibir sanciones económicas.

Algunas de las restricciones son contra mensajes que fomenten el odio, la discriminación por raza, sexo, religión o nacionalidad, opinión o por cualquier circunstancia personal o social. Pero, explica que, para aquellos influencers de mayor alcance, las regulaciones irán explícitamente a la forma en que presentan publicidad.

“Se va a regular toda publicidad engañosa, que ahora se abre terreno libre en mucho de los canales de estos prestadores de servicio”, explica la iniciativa. “Que ha tenido repercusiones públicas con casos sonados de promoción a la anorexia, a ludopatía o incluso la adicción a las drogas por ello, al día de hoy, la actividad de los prestadores de servicio de comunicación audiovisual profesionales no está sometida a ninguna norma”.

De aprobarse la iniciativa, los influencers se verían obligados a especificar los contratos de publicidad que reciben por su contenido, contar con los medios que acrediten la veracidad de las afirmaciones sobre los productos que promocionen y contar con las autorizaciones o licencias para el uso de signos u obras protegidas por los derechos de autor.

Esto va de la mano con la segunda propuesta importa, el pago de impuestos de parte de los creadores de contenidos. Aquellos que reciban una remuneración al no ser por medio de una nómina, son fiscalizables para el SAT y esto los obliga a estar inscritos en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) donde tendrán que darse de alta como trabajador de servicios profesionales.

Con esto, los dueños de las plataformas digitales estarían obligados a retener un porcentaje del Impuesto Sobre la Renta (ISR), sobre los ingresos y otro porcentaje del IVA de lo que se cobra.

Si la publicidad es pagada directamente por la empresa que contrató el servicio y no por medio de la plataforma, los ingresos entonces deben ser declarados por medio del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), por lo que los influencers podrán estar en dos regímenes a la vez, afirma el documento.

¿A QUIÉN APLICARÁ ESTA INICIATIVA?

Dentro del documento se explica los momentos y los influencers a los que alcanzara, ya que no todas las personas que solo por compartir un video serán vistas como obligadas a pagar los impuestos o regirse a las medidas de seguridad.

Los creadores de contenidos que ahora quieran dar un servicio de comunicación audiovisual para generar publicidad deben de cumplir con los siguientes requisitos:

Debe tratarse de un servicio económico; el prestador debe ostentar la responsabilidad editorial sobre los contenidos que ofrece; debe estar dirigido al público en general; el contenido debe ser principalmente informativo, de entretenimiento o educativo; el propósito principal será la provisión de programas, y esos programas deben ser audiovisuales y deben proveerse mediante redes de comunicaciones electrónicas.

También deberán estar inscritos ante el SAT como trabajador de servicios profesionales en los siguientes casos:

Cuando los anunciantes compartan en redes sociales el proceso de desempaquetar o revelar un producto, conocido como unboxing, así como servicios o experiencias que ofrezca una marca; si se realiza un sorteo que involucre productos, servicios o marcas entre los seguidores del creador de contenido; cuando se describan o etiquete una marca en fotos subidas a las redes del anunciante; cuando se comparta en redes videos donde se exalte la presencia de una marca; cuando toda forma que se considere como un anuncio o promoción siempre y cuando exista una contraprestación entre el anunciante y la empresa.

Al compartir la publicidad esta debe contener la leyenda #PublicaciónPaga en las redes del influencer, quien también estará obligado a mencionar al anunciante e identificar claramente aquellas comunicaciones publicitarias digitales de productos que sean inconvenientes para menores.

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