Los impuestos son cargos que debe cumplir todo ciudadano siempre que obtenga un ingreso o un bien como una vivienda o un automóvil, recursos que son utilizados para mantener el Estado del bienestar, pues son destinados para la operación del gobierno en todos los sentidos, desde el pago de obras e insumos necesarios para su funcionamiento, hasta para el salario de sus trabajadores.
Es por ello que todo trabajador formal con la intensión de poder tributar y evitar problemas futuros con la autoridad fiscal, siempre debe cumplir con tres requisitos básicos respecto a su situación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y a el manejo que lleva de sus finanzas, por lo que aquí te contamos más al respecto para que no te tomen por sorpresa.
¿Qué obligaciones deben cumplir los asalariados ante el SAT?
Debemos de partir del hecho de que el SAT contempla diversos tipos de contribuyentes, dependiendo de la forma en que estos obtengan sus ingresos y una de estas figuras es la de los asalariados, misma en la que se encuentran contemplados todos aquellos trabajadores que dependen de un empleador a quien le prestan sus servicios para percibir justamente un salario.
Pues si bien el pertenecer al régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios permite no presentar la declaración mensual, además calcular y pagar los correspondientes impuestos, pues es el patrón quien cumple con estas obligaciones, pero para que esto sea posible existen una serie de entendidos que se deben cumplir los empleados de manera individual.
Una de estas obligaciones es contar con una inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pues de lo contrario el SAT no contará con un registro del empleado y por más descuentos que imponga la empresa o patrón como parte de los impuestos, para las autoridades será como si no se cumpliera esta obligación, aunque algunas empresas hacen este trámite para sus empleados.
Otra de las obligaciones es la actualización de movimientos, es decir que una vez que se comience la vida laboral se tendrá que mantener actualizada la información ante el SAT, referente a aspectos como el patrón, los ingresos y el domicilio, principalmente cuando se cambia de empleo, pues si el estatus aparece como “Suspendido” faltará que el nuevo contratante realice el alta.
Además de que se deberá presentar la declaración anual, pues si bien no existe una obligación de presentarla mes con mes, es muy probable que se tenga que realizar la de cada año, pudiendo evitarla si los ingresos provinieron de un solo patrón y que no se hayan excedido los 400 mil pesos durante el año o cuando además de ese ingreso se hayan recibido intereses nominales por alguna inversión.
¿Cuáles son los trabajadores considerados como asalariados?
Para poder formar parte de este régimen se podrá tener uno o varios empleadores que asignen una serie de actividades durante la jornada laboral, quedando fuera aquellos que coticen por honorarios, pues estos deberán expedir Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI), también llamados facturas, mientras que en el caso de los empleados son los patrones quienes informan al SAT sobre los ingresos.